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Corte Suprema falla a favor de Trump en la finalización del TPS para haitianos y sirios

Corte Suprema falla a favor de Trump en la finalización del TPS para haitianos y sirios

La Corte Suprema de EE. UU. en Washington, D.C., en septiembre de 2024. | | Getty Images

La Corte Suprema de los Estados Unidos falló a favor de la administración Trump en dos casos relacionados con la inmigración decididos el jueves, desestimando las impugnaciones a las políticas que rechazan a los solicitantes de asilo en la frontera y que revocan el estatus de protección temporal otorgado en respuesta a crisis ocurridas hace más de una década.

En la decisión del caso Mullin v. Al Otro Lado, la Corte Suprema dictaminó por 6 votos a 3 que un inmigrante ilegal que busca entrar en EE. UU. no "llega a los Estados Unidos" cuando todavía se encuentra en México. El juez Samuel Alito, nombrado para el tribunal por el expresidente republicano George W. Bush, redactó la opinión mayoritaria.

Los otros cinco jueces nombrados por presidentes republicanos, el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, así como los jueces asociados Clarence Thomas, Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett, también respaldaron al gobierno federal sobre el grupo de defensa de inmigrantes Al Otro Lado en su impugnación a una política que rechaza a los inmigrantes ilegales que buscan ingresar a EE. UU. antes de que puedan entrar al país, en respuesta a un aumento repentino en la frontera. Los tres jueces nombrados por presidentes demócratas, Elena Kagan, Sonia Sotomayor y Ketanji Brown Jackson, emitieron un voto disidente.

"Este caso presenta una pregunta sencilla: si un extranjero que busca entrar a los Estados Unidos desde México 'llega a los Estados Unidos' cuando todavía está en México. En la decisión de la instancia inferior, la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de los Estados Unidos respondió 'sí'. Eso es incorrecto", escribió Alito. "En el lenguaje común, nadie diría que una persona 'llega a' un lugar —por ejemplo, una casa, una ciudad o un país— antes de entrar en ese lugar".

Como explicó Alito, Al Otro Lado presentó una demanda colectiva sobre la política de rechazar a los extranjeros ilegales en la frontera entre EE. UU. y México, alegando que el gobierno federal "retuvo ilegalmente la inspección y el procesamiento de asilo a los extranjeros que llegan a la frontera y buscan entrar a los Estados Unidos". Si bien tanto la Corte de Distrito de EE. UU. para el Distrito Sur de California como el Noveno Circuito fallaron a favor de Al Otro Lado, la decisión de la Corte Suprema revierte los fallos de los tribunales inferiores.

La opinión se basa en gran medida en el significado literal del término "llega a los Estados Unidos", tal como se utiliza en la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 y en la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996, que exigen la admisión de cualquier extranjero ilegal que "llega a los Estados Unidos". Según Alito, "un corredor no llega a la zona de anotación cuando alcanza la línea de 1 yarda. Un invitado no llega a una casa cuando llama a la puerta principal".

Alito rechazó la idea de que la definición de "llegar a" cambie cuando alguien "bloquea" a la persona que intenta llegar: "El corredor no llega a la zona de anotación (y no se suman seis puntos al marcador) cuando es derribado en la línea de 1 yarda por la defensa. El invitado no llega a la casa cuando el propietario cierra la puerta con llave justo antes de que el invitado intente abrirla".

La opinión disidente, redactada por Sotomayor, discrepó con la interpretación de la opinión mayoritaria del término "llega a los Estados Unidos". Sotomayor citó una hipotética "política de un cine que establece: 'Cualquiera que llegue al cine puede comprar una entrada y todos los espectadores deben escanear sus entradas antes de entrar'", mientras rebatía la comprensión de la mayoría sobre la frase "llegar a".

"Si una persona se acerca a una taquilla ubicada justo fuera del cine, no sería razonable pensar que no puede comprar una entrada bajo esa política porque todavía no está 'dentro' del cine", afirmó. Sotomayor también sugirió que el efecto de la política de rechazar a los solicitantes de asilo antes de que puedan ingresar a EE. UU. por un puerto de entrada legal solo los alentaría a cruzar la frontera ilegalmente entre los puertos de entrada.

La segunda decisión, en el caso Mullin v. Doe, confirma las decisiones de la administración Trump de poner fin al estatus de protección temporal de los inmigrantes ilegales de Haití y Siria, otorgado en respuesta a desastres naturales e inestabilidad política en sus respectivos países, ocurridos hace más de una década. Al igual que en el otro caso, la decisión relacionada con el estatus de protección temporal se dividió según las líneas partidistas. Los seis jueces nombrados por republicanos formaron la opinión mayoritaria y los tres jueces nombrados por demócratas emitieron un voto disidente.

La opinión mayoritaria rechazó la impugnación a la terminación del estatus de protección temporal por parte de ciudadanos de Haití y Siria, citando el texto del estatuto del TPS que establece: "No hay revisión judicial de ninguna determinación del [Secretario de Seguridad Nacional] con respecto a la designación, o terminación o extensión de una designación, de un estado extranjero bajo esta subsección". La opinión también refutó la afirmación de que la terminación del estatus de protección temporal de Haití se debió a una animadversión racial.

En cambio, la Corte Suprema concluyó que la decisión de revocar el TPS para Haití y Siria era consistente con "la postura general de la administración actual sobre la inmigración y su evidente antipatía hacia las políticas de TPS de administraciones pasadas". Señaló que la lista de países para los que la administración había declinado renovar el TPS era "racialmente diversa" y también incluía a Nepal, Birmania, Afganistán, Yemen, Somalia, Etiopía, Sudán del Sur, Camerún, Nicaragua, Honduras y Venezuela.

Mientras tanto, la opinión disidente sostuvo que el Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. "no consultó con las agencias apropiadas sobre las condiciones del país", como lo requiere "un mandato procesal previo a la determinación", al revocar el TPS, y estuvo de acuerdo con los demandantes haitianos que alegaban animadversión racial, señalando "declaraciones del Presidente tan repulsivas y con tintes raciales que la mayoría se niega a publicarlas por escrito".

La disidencia alegó que la descripción del presidente Donald Trump de Haití como un "país de m*****", así como "inmundo, sucio [y] asqueroso", mientras se refería a la inmigración desde Haití como "un deseo de muerte para nuestro país", era evidencia de la animadversión racial que motivó la revocación del TPS.

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Ryan Foley se unió a The Christian Post en agosto de 2020. Actualmente cubre temas de aborto, política, educación y noticias de EE. UU. Fue participante del programa de pasantías de primavera de 2018 del National Journalism Center y ha escrito anteriormente para el blog NewsBusters del Media Research Center y para The Western Journal.

Foley se graduó de Rhode Island College en 2017 con una licenciatura en Ciencias Políticas y actualmente reside en Arlington, Virginia.

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