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Colorado no puede castigar al diseñador de sitios web cristiano por negarse a crear sitios que celebran el matrimonio homosexual: Corte Suprema

Colorado no puede castigar al diseñador de sitios web cristiano por negarse a crear sitios que celebran el matrimonio homosexual: Corte Suprema

Lorie Smith, owner of the website design company 303 Creative, speaks outside the United States Supreme Court following oral arguments in the case 303 Creative LLC v. Elenis, Dec. 5, 2022. | The Christian Post/ Nicole Alcindor

La Corte Suprema de los Estados Unidos ha dictaminado que Colorado no puede obligar a un diseñador de sitios web cristiano a crear sitios web que celebren el matrimonio entre personas del mismo sexo.

En una decisión publicada el viernes por la mañana en el caso de 303 Creative LLC v. Elenis , el tribunal superior dictaminó 6-3 que Lorie Smith de 303 Creative no podía ser obligada por la ley estatal de derechos civiles a crear sitios web que vayan en contra de sus creencias religiosas sinceras. creencias.

El juez Neil Gorsuch fue el autor de la opinión del tribunal, al que se unieron el presidente del Tribunal Supremo John Roberts y los jueces Clarence Thomas, Samuel Alito, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett.

Gorsuch escribió que "ninguna ley de alojamiento público es inmune a las exigencias de
la Constitución" y expresó su preocupación por el intento del estado de controlar el discurso de Smith.

"Según la lógica de Colorado, el gobierno puede obligar a cualquier persona que hable por pago sobre un tema determinado a aceptar todas las comisiones sobre ese mismo tema, sin importar el mensaje subyacente, si el tema de alguna manera implica el rasgo protegido por ley de un cliente", escribió Gorsuch.

"Del mismo modo, el gobierno podría obligar a un diseñador de sitios web masculino casado con otro hombre
a diseñar sitios web para una organización que aboga contra el matrimonio entre personas del mismo sexo... Como
reconocen nuestros precedentes, la Primera Enmienda no tolera nada de eso".

Gorsuch continuó señalando que "el compromiso de hablar solo para algunos mensajes y algunas personas no es ningún compromiso" y que "la oportunidad de pensar por nosotros mismos y expresar esos pensamientos libremente es una de nuestras libertades más preciadas y parte de lo que mantiene nuestro República fuerte".

La jueza Sonia Sotomayor presentó una opinión disidente, a la que se unieron los jueces Elana Kagan y Ketanji Brown Jackson, alegando que la mayoría "otorga a un negocio abierto al público el derecho constitucional de negarse a atender a miembros de una clase protegida".

"La empresa argumenta, y la mayoría del Tribunal está de acuerdo, que debido a que la empresa ofrece servicios personalizados y expresivos, la Cláusula de Libertad de Expresión de la Primera Enmienda protege a la empresa de una ley de aplicación general que prohíbe la discriminación en la venta de información disponible públicamente. bienes y servicios. Eso está mal. Profundamente mal", escribió Sotomayor.

"La ley de Colorado apunta a la conducta, no al discurso, para la regulación, y el acto de discriminación nunca ha constituido una expresión protegida bajo la Primera Enmienda. Nuestra Constitución no contiene el derecho de negar el servicio a un grupo desfavorecido".  

En 2016, Lorie Smith de 303 Creative presentó una impugnación previa a la aplicación de la Ley contra la discriminación de Colorado, argumentando que la ley la obligaría a ofrecer servicios que violaban su creencia sincera de que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer.

Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Décimo Circuito de EE. UU. falló en contra de Smith en julio de 2021, y la mayoría de dos jueces concluyó que "Colorado tiene un interés apremiante en proteger tanto los intereses de dignidad de los miembros de grupos marginados como sus derechos materiales". intereses en acceder al mercado comercial”.

“Al regular las entidades comerciales, como los apelantes, las leyes de alojamiento público ayudan a garantizar una economía libre y abierta”, dijo la jueza de circuito Mary Beck Briscoe, nombrada por Clinton, en la opinión mayoritaria.

"Por lo tanto, aunque la naturaleza comercial de los negocios de los apelantes no disminuye su interés en hablar, le brinda a Colorado un interés estatal ausente al regular la actividad no comercial".

El juez principal del Décimo Circuito, Timothy M. Tymkovich, designado por George W. Bush, escribió la disidencia y dijo que la Constitución de los EE. UU. “protege a la Sra. Smith de que el gobierno le diga qué decir o hacer”.

“Pero la mayoría adopta la postura notable y novedosa de que el gobierno puede obligar a la Sra. Smith a producir mensajes que violan su conciencia”, escribió Tymkovich.

“Al hacerlo, la mayoría concluye no solo que Colorado tiene un interés apremiante en obligar a la Sra. Smith a pronunciar un mensaje aprobado por el gobierno en contra de sus creencias religiosas, sino también que su ley de alojamiento público es el medio menos restrictivo para lograr este objetivo. Ningún caso ha ido tan lejos”.

En una columna de opinión publicada por Real Clear Religion unos meses después de la decisión del panel, Smith argumentó que el fallo en su contra mostraba que “los tribunales están aún más abiertos de lo que muchos de nosotros creíamos para permitir que los funcionarios castiguen la libertad religiosa y silencien la libertad de expresión”.

“Increíblemente, la mayoría incluso decidió que, como persona de habilidades creativas únicas y distintivas, constituyo un monopolio. Y, como monopolio, no tengo derecho legal a conservar mi libertad artística”, agregó Smith. “Cuanto más singular se vuelve mi discurso, más poder tiene el gobierno para regularlo”.

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“Imagina decirle a Taylor Swift que tiene que cantar cualquier letra que el gobierno le ordene cantar porque nadie escribe canciones como ella”.

Smith apeló su caso ante la Corte Suprema, que escuchó los argumentos orales en diciembre pasado.