La Corte Suprema acepta escuchar el caso del sitio web de bodas entre personas del mismo sexo del diseñador web cristiano
La Corte Suprema de los Estados Unidos acordó escuchar el caso de una diseñadora web cristiana que impugnó una ley estatal de Colorado que le exige crear sitios web de bodas para parejas del mismo sexo si también ofrece servicios similares para otras parejas.
En una lista de órdenes publicada el martes por la mañana, el tribunal superior acordó escuchar una apelación en el caso de 303 Creative LLC et al v. Aubrey Elenis, et al.
“La petición de certiorari se otorga limitada a la siguiente pregunta: si la aplicación de una ley de acomodación pública para obligar a un artista a hablar o permanecer en silencio viola la Cláusula de Libertad de Expresión de la Primera Enmienda”, establece la orden.
Alliance Defending Freedom, un grupo legal conservador que representa a la diseñadora web Lorie Smith y su compañía, 303 Creative, elogió la decisión del tribunal superior de escuchar la apelación.
“Este podría ser un caso histórico para la libertad religiosa y la libertad artística”, declaró ADF en Twitter poco después de que se emitiera la orden. “Esperamos representar a Lorie ante el tribunal superior”.
“El gobierno no tiene el poder de silenciar u obligar a la expresión creativa bajo la amenaza de castigo. Es impactante que el Décimo Circuito permita que Colorado castigue a los artistas cuyo discurso no está en línea con la ideología aprobada por el estado”, dijo la consejera general de ADF, Kristen Waggoner, en un comunicado.
“Colorado ha armado su ley para silenciar los discursos con los que no está de acuerdo, para obligar a los discursos que aprueba y para castigar a cualquiera que se atreva a disentir. La ley de Colorado, y otras similares, son un peligro claro y presente para las libertades constitucionalmente protegidas de todos los estadounidenses y la existencia misma de una nación diversa y libre”.
En 2016, Smith presentó un desafío legal previo a la aplicación de la Ley contra la discriminación de Colorado, argumentando que la ley la obligaría a brindar servicios que contradicen sus puntos de vista religiosos de que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer.
Un tema clave fue que Smith quería comenzar a crear sitios web para bodas, pero no quería brindar esos servicios para bodas entre personas del mismo sexo debido a sus objeciones religiosas a los sindicatos.
En julio del año pasado, un panel de la Corte de Apelaciones del Décimo Circuito de EE. UU. falló 2-1 en contra de 303 Creative y concluyó que “Colorado tiene un interés apremiante en proteger tanto los intereses de dignidad de los miembros de grupos marginados como sus intereses materiales para acceder a la mercado comercial.”
“Al regular las entidades comerciales, como los apelantes, las leyes de alojamiento público ayudan a garantizar una economía libre y abierta”, escribió la jueza de circuito Mary Beck Briscoe, designada por Clinton, en su mayoría.
“Por lo tanto, aunque la naturaleza comercial de los negocios de los apelantes no disminuye su interés en hablar, le brinda a Colorado un interés estatal ausente al regular la actividad no comercial”.
El juez principal del circuito, Timothy M. Tymkovich, designado por George W. Bush, escribió una disidencia y concluyó que “la Constitución protege a la Sra. Smith de que el gobierno le diga qué decir o hacer”.
“Pero la mayoría adopta la postura notable y novedosa de que el gobierno puede obligar a la Sra. Smith a producir mensajes que violan su conciencia”, escribió Tymkovich.
“Al hacerlo, la mayoría concluye no solo que Colorado tiene un interés apremiante en obligar a la Sra. Smith a pronunciar un mensaje aprobado por el gobierno en contra de sus creencias religiosas, sino también que su ley de alojamiento público es el medio menos restrictivo para lograr este objetivo. . Ningún caso ha ido tan lejos”.
En 2018, la Corte Suprema falló a favor del panadero cristiano Jack Phillips, argumentando que el estado de Colorado violó los derechos de la Primera Enmienda del panadero cuando lo sancionó por negarse a hornear un pastel personalizado para una boda entre personas del mismo sexo. En el fallo 7-2, el tribunal razonó que las leyes deben aplicarse de una manera que sea "neutral hacia la religión".
En julio pasado, la Corte Suprema se negó a escuchar el caso de una florista cristiana con sede en Washington castigada por el estado por negarse a proporcionar arreglos florales para una boda entre personas del mismo sexo. En noviembre pasado, la florista, Barronelle Stutzman de Arlene's Flowers, acordó pagar $5,000 y retirarse como parte de un acuerdo en la batalla legal que duró años.